Este programa permite a ciudadanos de países seleccionados obtener la residencia permanente en Panamá a través de un proceso simplificado, diseñado para fortalecer vínculos económicos y profesionales con el país.
Introducción al Visa de Países Amigos
En mayo de 2012, el entonces presidente Ricardo Martinelli firmó el Decreto Ejecutivo No. 343, permitiendo que ciudadanos de 22 naciones pudieran solicitar la residencia permanente de manera rápida. Con el tiempo, otros decretos ampliaron la lista, y actualmente son cincuenta (50) países los que califican para este programa de "naciones amigas".

Requisitos del Programa de Visa de Países Amigos
Para aplicar, el solicitante debe establecer vínculos económicos o profesionales en Panamá. Esto puede lograrse mediante la creación de una empresa, la compra de una empresa existente o el empleo en una compañía panameña, acompañado de los permisos laborales pertinentes.
Existen dos maneras de demostrar estos vínculos:
Vínculo económico: Es posible constituir una empresa nueva o comprar una existente en Panamá.
Vínculo profesional: La persona debe estar empleada en una empresa panameña, registrada en la Caja de Seguro Social, y presentar una constancia de ingresos emitida por el empleador.
El ejercicio de ciertas profesiones, como la medicina, la abogacía, la arquitectura y la ingeniería, está reservado a ciudadanos panameños.
Prueba de Solvencia Económica
El solicitante debe demostrar solvencia mediante un depósito bancario en una institución panameña con un saldo mínimo de cinco mil dólares (5,000 USD), y dos mil dólares (2,000 USD) adicionales por cada dependiente.
Personas a Cargo en el Programa de Visa de Países Amigos
El visado permite incluir a cónyuges e hijos menores de 25 años, siempre que estén inscritos en estudios superiores a tiempo completo. Para cada hijo mayor de 18 años, se requiere un certificado de soltería autenticado. Al completar el proceso inicial, se otorga una tarjeta de residencia temporal válida por un año, reemplazada posteriormente por una tarjeta de residencia permanente una vez aprobado el trámite. Tras obtener la residencia permanente, el titular puede solicitar un permiso de trabajo.
Documentos Necesarios para el Visa de Países Amigos
Según la Ley No. 3 de 2008, el solicitante debe presentar los siguientes documentos:
Formulario de solicitud con un poder especial otorgado a un abogado panameño.
Copia del pasaporte completo, autenticada por un notario en Panamá.
Certificado de antecedentes penales: Debe ser emitido por una autoridad policial o judicial en el país de origen o donde el solicitante haya residido en los últimos dos años, autenticado o apostillado. Si el solicitante ha residido en Panamá por más de dos años consecutivos, el certificado puede ser emitido por la Policía Nacional de Panamá.
Informe médico: Emitido por un médico con licencia en Panamá.
Cheques certificados: Uno de 250 USD para el Tesoro Nacional y otro de 800 USD para el Servicio Nacional de Migración, no reembolsables una vez emitida la resolución de inmigración.
Declaración personal jurada explicando el propósito de la solicitud de residencia y demostrando la capacidad de mantener financieramente a la familia y a las personas a cargo.
Tres fotos tamaño pasaporte del solicitante y dependientes.
Carta explicativa sobre la actividad económica o profesional:
Actividad económica: Documentos que demuestren que el solicitante es propietario, accionista o parte de la dirección de una empresa en Panamá. Esto incluye la licencia comercial, la Tasa Anual, o el Paz y Salvo de la empresa.
Actividad profesional: Pruebas de empleo en una empresa panameña con contrato laboral y afiliación al sistema de seguridad social. Ciertas actividades están restringidas para los ciudadanos panameños, como la abogacía, la arquitectura y la medicina.
Prueba de solvencia económica mediante un estado de cuenta de un banco en Panamá, demostrando un saldo de al menos 5,000 USD, y 2,000 USD adicionales por cada dependiente.
Copia de identificación adicional del país de origen (puede ser un permiso de conducir) además del pasaporte, autenticada o apostillada.
Carta de responsabilidad para cada dependiente, emitida y firmada por el solicitante principal.
Prueba de relación familiar: Si se incluyen dependientes, es necesario presentar el acta de nacimiento para hijos y el acta de matrimonio para el cónyuge. Los hijos mayores de 18 años deben presentar un certificado de soltería, apostillado o autenticado.
Modificaciones Recientes al Programa de Visa de Países Amigos
Desde el 7 de agosto de 2021, el programa ha experimentado cambios mediante el Decreto Ejecutivo 197 y el Decreto Ejecutivo 226 de 2021. Estos decretos actualizan los requisitos para el programa y el proceso de solicitud.
Proceso y Plazos para Obtener el Visa de Países Amigos
El proceso inicia con la solicitud de una residencia temporal, cuya aprobación puede demorar hasta seis meses. Una vez aprobado, se otorga un permiso temporal de dos años. Tras cumplir con los requisitos de residencia temporal, el solicitante puede optar a la residencia permanente, que también puede demorar hasta seis meses en completarse.
Para obtener la residencia permanente, el solicitante debe haber completado los dos años de residencia temporal y presentar documentos actualizados.
Este visado facilita el camino hacia la residencia en Panamá para ciudadanos de países amigos, proporcionando una opción de residencia permanente con beneficios económicos y la oportunidad de desarrollar vínculos laborales y comerciales en el país.
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